(Funcionamiento).- La Comisión dictará su reglamento de
funcionamiento, el que deberá ser aprobado por dos tercios de sus integrantes.
El quórum para sesionar será de tres miembros y para expedirse de
cinco miembros, en las sesiones ordinarias.
La Comisión será presidida por uno de los representantes del
Ministerio del Interior y la vicepresidencia la desempeñará uno de los
representantes del Ministerio de Turismo y Deporte.
El Ministerio del Interior brindará a la Comisión la infraestructura
locativa y operativa necesaria para su funcionamiento así como el
personal que se necesite.