TRIBUTOS. EXONERACION DE TIMBRES JUDICIALES PROFESIONALES Y REGISTRALES, PUBLICACIONES EN EL DIARIO OFICIAL A LOS TRAMITES DE CONSULTORIOS JURIDICOS GRATUITOS EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL
Incumplimiento.- Dichas exoneraciones quedarán supeditadas al cumplimiento de las condiciones que establezca el Poder Ejecutivo. Las mismas podrán ser revocadas en cualquier momento, cuando se constate el incumplimiento de alguno de los requisitos exigidos por la presente ley, su reglamentación o cualquier otro apartamiento a las disposiciones vigentes.