CAPITULO I - FORMA JURIDICA, OBJETIVOS Y RELACIONAMIENTO CON EL PODER EJECUTIVO
Artículo 1
La Agencia Nacional de Innovación prevista en el Art. 256 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, se denominará Agencia Nacional de Investigación e Innovación y será una persona jurídica de derecho público no estatal, que se domiciliará en el departamento de Montevideo, pudiendo
establecer dependencias en cualquier lugar del territorio nacional.