CAPITULO I - FORMA JURIDICA, OBJETIVOS Y RELACIONAMIENTO CON EL PODER EJECUTIVO
Artículo 3
La Agencia tendrá como principales objetivos;
A) Preparar, organizar y administrar instrumentos y programas para la
promoción y el fomento del desarrollo científico-tecnológico y la
innovación, de acuerdo con los lineamientos político-estratégicos y
las prioridades del Poder Ejecutivo.
B) Promover la articulación y coordinación de las acciones de los actores
públicos y privados involucrados, en sentido amplio, en la creación y
utilización de conocimientos, de modo de potenciar las sinergias entre
ellos y aprovechar al máximo los recursos disponibles.
C) Contribuir, de forma coordinada con otros organismos del Sistema
Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, al desarrollo de
mecanismos efectivos de evaluación y seguimiento de programas y demás
instrumentos de promoción en la materia. Este sistema de evaluación se
constituirá en un insumo central para el diseño de incentivos a los
agentes públicos y privados que participen.