CREACION DEL FONDO NACIONAL DE SALUD (FONASA)




Promulgación: 18/05/2007
Publicación: 31/05/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 1048
Reglamentada por: Decreto Nº 276/007 de 02/08/2007.
Referencias a toda la norma

Artículo 9

 Facúltase al Poder Ejecutivo a incluir a los funcionarios de la Administración Nacional de Educación Pública, así como al Poder Judicial, en el régimen creado en la presente ley. La aportación progresiva hasta alcanzar el 3% (tres por ciento), establecida en el artículo 4º de la presente ley, no podrá significar reducción del salario líquido.
Facúltase al Poder Ejecutivo a extender el régimen creado en la presente ley, a funcionarios de otros organismos públicos nacionales.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 10.
Referencias al artículo
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