Ley N° 18132
TRIBUTOS. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. ENAJENACION DE CARNE AVICOLA, PORCINA Y DE CONEJO, SUS MENUDENCIAS FRESCAS, CONGELADAS Y ENFRIADAS
Promulgación: 25/05/2007
Publicación: 04/06/2007
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 1
- Año: 2007
- Página: 1056
Artículo 3
Facúltase al Poder Ejecutivo a exonerar la tasa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) dispuesto en el artículo 1º de la presente ley.
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