(Derogaciones).- Deróganse los artículos 7°, 8°, 11 y 15 de la Ley Nº
14.095, de 17 de noviembre de 1972, con sus modificativas; el Decreto Ley
Nº 14.887, de 27 de abril de 1979; la Ley Nº 17.471, de 29 de abril de
2002; y la Ley Nº 17.569, de 22 de octubre de 2002.