TITULO III - INSTRUMENTOS DE PLANIFICACION TERRITORIAL CAPITULO IV - INSTRUMENTOS ESPECIALES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Artículo 19
(Instrumentos Especiales). Son los instrumentos complementarios o derivados de los anteriores: Planes Parciales, Planes Sectoriales, Programas de Actuación integrada y los Inventarios, Catálogos y otros instrumentos de protección de bienes y espacios. (*)
Los Instrumentos Especiales deberán ser aprobados por los respectivos
Gobiernos Departamentales y tendrán efecto vinculante sobre los derechos y
deberes de las personas y de la propiedad inmueble.