Es de aplicación al derecho de superficie la misma normativa sobre dimensiones mínimas de predios o lotes que establece la legislación nacional o departamental (IOT).
Lo establecido en el inciso anterior no le será de aplicación a aquellos derechos de superficie promovidos por MEVIR - Dr. Alberto Gallinal Heber. (*)
(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 20.212 de 06/11/2023 artículo 2.
Agregado/s por: Ley Nº 20.212 de 06/11/2023 artículo 660.