APROBACION DEL ESTATUTO DEL ARTISTA Y OFICIOS CONEXOS




Promulgación: 17/10/2008
Publicación: 31/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1608
Reglamentada por: Decreto Nº 266/009 de 03/06/2009.
Referencias a toda la norma

Artículo 8

 (Trabajo artístico de menores).- El Instituto del Niño y Adolescente del
Uruguay podrá autorizar a los menores de quince años a desarrollar
actividad artística, previa conformidad de sus representantes legales,
teniendo en cuenta el interés superior de los niños, niñas y adolescentes,
y demás garantías previstas en los Capítulos XII y XIII del Código de la
Niñez y la Adolescencia (Ley Nº 17.823, de 7 de setiembre de 2004).
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