FUNCIONARIOS. PROVISION DE VACANTES EN LA CORTE ELECTORAL




Promulgación: 05/12/2008
Publicación: 22/12/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 2823
Fe de erratas publicada/s: 14/01/2009.

Artículo Unico

 Declárase que la suspensión de la facultad para proveer vacantes,
dispuesta en el primero inciso del artículo 421 de la Ley Nº 18.362, de 6
de octubre de 2008, alcanza exclusivamente a las vacantes del último grado
de los escalafones correspondientes.

La Corte Electoral podrá proveer hasta 30 vacantes en el referido último
grado escalafonario y asimismo las que se produzcan antes del 30 de junio
de 2010, como consecuencia de renuncias, jubilaciones o fallecimientos,
tras las promociones correspondientes y siempre en el último grado del
escalafón.


TABARE VAZQUEZ - DAISY TOURNE - GONZALO FERNANDEZ - ALVARO GARCIA - JOSE BAYARDI - MARIA SIMON -  VICTOR ROSSI - DANIEL MARTINEZ - EDUARDO BONOMI - MARIA JULIA MUÑOZ - ERNESTO AGAZZI - HECTOR LESCANO - JACK COURIEL - MARINA ARISMENDI
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