LEY GENERAL DE EDUCACION




Promulgación: 12/12/2008
Publicación: 16/01/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 2959
Reglamentada por:
      Decreto Nº 294/013 de 11/09/2013,
      Decreto Nº 334/009 de 20/07/2009.
Referencias a toda la norma

TITULO II
SISTEMA NACIONAL DE EDUCACION
CAPITULO IV EDUCACION NO FORMAL

Artículo 37

   (Concepto).- La educación no formal comprende aquellas actividades, medios y ámbitos de educación que se desarrollan fuera de la educación formal. Se promoverá la articulación y complementariedad de la educación formal y no formal, con el propósito de que esta última contribuya a asegurar la calidad, la inclusión y la continuidad educativa de las personas. El Ministerio de Educación y Cultura llevará un Registro de Instituciones de Educación No Formal. Compete al Ministerio de Educación y Cultura promover la profesionalización de los educadores del ámbito de la educación no formal. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 139.
Incisos 4º) y 5º) ver vigencia: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 3.
Incisos 4º) y 5º) redacción dada anteriormente por: Ley Nº 19.355 de 
19/12/2015 artículo 419.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 419, Ley Nº 18.437 de 12/12/2008 artículo 37.
Referencias al artículo
Ayuda