LEY DE ABREVIACION DE LOS JUICIOS LABORALES




Promulgación: 13/09/2009
Publicación: 08/10/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 726
Ver vigencia: Ley Nº 18.623 de 13/11/2009 artículo 1.
Referencias a toda la norma

CAPITULO III - AUDIENCIA DE CONCILIACION PREVIA

Artículo 6

 (Solicitud de constancia).- Si el trámite administrativo no hubiere
culminado, dentro de los treinta días contados a partir de la solicitud de
audiencia, el trabajador podrá solicitar una constancia con la que podrá
interponer la demanda.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 10.
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