El Consejo Nacional de Agua, Ambiente y Territorio, creado por el
artículo 23 de la presente ley, formulará un plan nacional de gestión de
recursos hídricos en consonancia con las demás políticas nacionales y
sectoriales vinculadas. Este plan se revisará periódicamente para
considerar los cambios en el uso del recurso y la evolución del
conocimiento científico y tecnológico en materia de aguas. (*)
(*)Notas:
Ver: Ley Nº 20.075 de 20/10/2022 artículo 353 (suprime el Consejo Nacional
de Agua, Ambiente y Territorio y redistribuye cometidos).