El Poder Ejecutivo regulará las funciones del Consejo Nacional de Agua,
Ambiente y Territorio y de los Consejos Regionales de Recursos Hídricos
sobre la base de la coordinación administrativa. A su vez indicará la
forma de integración de los Consejos. (*)
(*)Notas:
Reglamentado por:
Decreto Nº 262/011 de 25/07/2011,
Decreto Nº 263/011 de 25/07/2011,
Decreto Nº 264/011 de 25/07/2011.
Ver: Ley Nº 20.075 de 20/10/2022 artículo 353 (suprime el Consejo Nacional
de Agua, Ambiente y Territorio y redistribuye cometidos).