TITULO II - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA Y FUNCIONAL DEL SISTEMA DE DEFENSA NACIONAL CAPITULO 3 - CONSEJO DE DEFENSA NACIONAL
Artículo 10
El Consejo de Defensa Nacional (CODENA) constituye un órgano asesor y consultivo del Presidente de la República en materia de defensa. Está integrado por el Presidente de la República, quien lo preside, los Ministros de Defensa Nacional, del Interior, de Relaciones Exteriores, de Economía y Finanzas y por el Director de la Secretaría de Inteligencia Estratégica de Estado. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 124.
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 18.650 de 19/02/2010 artículo 10.