LEY MARCO DE DEFENSA NACIONAL




Promulgación: 19/02/2010
Publicación: 08/03/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 338
Referencias a toda la norma

TITULO III - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
CAPITULO 2 - MISIONES EN EL EXTERIOR

Artículo 24

 La participación de fuerzas o efectivos militares nacionales en
actividades reales o virtuales de carácter combinado con fuerzas militares
de otros Estados debe guardar coherencia con las necesidades de la defensa
militar del país y su política exterior. Los objetivos de la participación
en las referidas actividades son:
A)     Intercambiar experiencias y conocimiento de doctrinas de empleo
       diferentes.
B)     Propiciar el conocimiento y el entrenamiento profesional en la
       utilización de tecnologías y de sistemas de organización diversos.
C)     Profundizar en el conocimiento de fortalezas y debilidades de
       diferentes sistemas.
D)     Desarrollar las capacidades propias para la acción combinada y
       combinada conjunta.
E)     Potenciar las medidas de confianza mutua.

                               
Referencias al artículo
Ayuda