LEY DE EMERGENCIA CARCELARIA




Promulgación: 15/07/2010
Publicación: 26/07/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 303

Artículo 6

 Las erogaciones previstas en los artículos anteriores, serán de cargo de
Rentas Generales.
A estos efectos, la Contaduría General de la Nación, a solicitud del
Ministerio del Interior, realizará los ajustes de créditos necesarios.
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