OTORGAMIENTO DE CREDITO FISCAL A INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA




Promulgación: 13/12/2010
Publicación: 21/12/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1415
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 Las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva que no estén al día con
sus obligaciones con la Dirección General Impositiva y el Banco de
Previsión Social no podrán recibir el crédito establecido en el artículo
anterior.
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