SECCION IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 04
MINISTERIO DEL INTERIOR
Artículo 244
Establécese que en el Inciso 04 "Ministerio del Interior", programa 460 "Prevención y Represión del Delito", unidad ejecutora 001 "Secretaría del Ministerio del Interior", el cargo de particular confianza, Director de Asuntos Internos, referido en el artículo 115 de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008, tendrá una retribución equivalente a la del Director de la Policía Nacional, prevista en el inciso primero del artículo 16 de la Ley N° 18.996, de 7 de noviembre de 2012.
El ejercicio de dicho cargo será en régimen de dedicación exclusiva y,
en consecuencia, incompatible con el desarrollo de cualquier otra tarea pública o privada, excepto la actividad docente. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 20.075 de 20/10/2022 artículo 123.
Ver vigencia: Ley Nº 20.075 de 20/10/2022 artículo 5.
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículo 244.