APROBACION DEL ESTATUTO DE COOPERATIVAS DEL MERCOSUR




Promulgación: 31/12/2010
Publicación: 12/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 2152

Artículo 7

 (Reconocimiento). Las "Cooperativas del MERCOSUR" constituidas en otros
Estados Partes serán reconocidas de pleno derecho previa acreditación de
su constitución legal. Este reconocimiento estará condicionado a la
reciprocidad de tratamiento por el Estado Parte donde estuviera
constituida la "Cooperativa del MERCOSUR".

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