OTORGAMIENTO DE BENEFICIOS FISCALES A LOS TITULARES DE EXPLOTACIONES GANADERAS Y AGROPECUARIAS




Promulgación: 22/04/2011
Publicación: 01/06/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 765
Reglamentada por:
      Decreto Nº 294/011 de 16/08/2011,
      Decreto Nº 295/011 de 16/08/2011.
Referencias a toda la norma

Artículo 3

 El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca tendrá a cargo la
administración, reconocimiento y control de los créditos a que refieren
los artículos anteriores. A los efectos de una mejor implementación de los
referidos procedimientos de administración y control de los créditos
fiscales que se disponen, dicho Ministerio podrá realizar convenios con
organizaciones, instituciones públicas o personas públicas no estatales
que designe el Poder Ejecutivo.
Referencias al artículo
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