CAPÍTULO I - EMERGENCIA SOCIO-HABITACIONAL - OBJETIVOS DE LÍNEAS DE
ACCIÓN DEL PLAN JUNTOS
Artículo 1
(Declaración de emergencia. Interés general).- Declárase la emergencia
socio-habitacional de la población en situación de pobreza extrema,
consecuencia del deterioro socioeconómico de sectores de la población y de
la falta de oportunidades de acceso a la vivienda y hábitat digno.
En virtud de lo dispuesto por los artículos 45 y 46 de la Constitución de
la República, declárase de interés general la ejecución del Plan Nacional
de Integración Socio-Habitacional Juntos.