DECLARACION DE INTERES GENERAL. EJECUCION DEL PLAN NACIONAL DE INTEGRACION SOCIO-HABITACIONAL JUNTOS




Promulgación: 24/10/2011
Publicación: 04/11/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1033
Reglamentada por: Decreto Nº 482/011 de 29/12/2011.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO V - RECURSOS FINANCIEROS

Artículo 18

 (Recursos del FONAP).- El Fondo Nacional del Plan se integrará con los
siguientes recursos:
A)     Donaciones y legados.
B)     Transferencias provenientes de otros organismos públicos, en el
       marco de lo establecido en el artículo 43 de la Ley N° 17.930, de
       19 de diciembre de 2005.
C)     Fondos derivados de convenios que se celebren con personas públicas
       o privadas, asociaciones civiles y fundaciones, ya sean nacionales
       o extranjeras.
D)     Las partidas que asignen las leyes presupuestales.
E)     Otros que se le asignen al Plan Juntos por vía legal o
       reglamentaria.
F)     Las sumas reintegradas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
       27 de la presente ley.
Los recursos indicados en el inciso anterior se considerarán, a todos sus
efectos, públicos y estarán sometidos al régimen financiero contable
establecido a tales efectos, sin perjuicio de las particularidades que
pudieran establecerse en la presente ley.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 33 (vigencia).
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