Reglamentada por: Decreto Nº 59/013 de 18/02/2013.
Artículo 1
De acuerdo con lo establecido en el artículo 47 de la Constitución de la
República, se declara de interés general la conexión a las redes públicas
de saneamiento existentes en el país o que se construyan en el futuro.
JOSÉ MUJICA - EDUARDO BONOMI - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO - ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO - ROBERTO KREIMERMAN - EDUARDO BRENTA - JORGE VENEGAS - DANIEL GARÍN - HÉCTOR LESCANO - GRACIELA MUSLERA - DANIEL OLESKER