Reglamentada por: Decreto Nº 59/013 de 18/02/2013.
Artículo 5
Cuando se trate de proyectos de construcción en terrenos con frente a la
red de saneamiento existente o en construcción, las Intendencias no podrán
otorgar permiso de construcción sin la presentación del certificado
expedido por la autoridad competente que acredite la solicitud de conexión
a dicha red.