SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 03
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Artículo 56
Asígnase al Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", programa 300
"Defensa Nacional", unidad ejecutora 023 "Comando General de la Fuerza
Aérea", con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", una partida
anual de $ 12.613.250 (doce millones seiscientos trece mil doscientos
cincuenta pesos uruguayos), en el grupo 0 "Retribuciones Personales", con
destino a una compensación mensual, no sujeta a montepío, para el personal
que desempeña tareas de policía aérea nacional.
Disminúyese en el programa 300 "Defensa Nacional", unidad ejecutora
023 "Comando General de la Fuerza Aérea", Financiación 1.1 "Rentas
Generales", el crédito de los siguientes objetos del gasto:
Objeto del Gasto Importe
042.103 909.806
059.000 75.817
081.000 147.843
082.000 9.856
El Poder Ejecutivo reglamentará la presente norma. (*)
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 236/013 de 09/08/2013.
Ver en esta norma, artículo:2 (vigencia).