Reglamentada por: Decreto Nº 295/014 de 14/10/2014.
TÍTULO II
CREACIÓN DEL CONSEJO DE MUSEOS Y DEL REGISTRO NACIONAL DE MUSEOS Y COLECCIONES MUSEOGRÁFICAS CAPÍTULO II
DEL REGISTRO NACIONAL DE MUSEOS Y COLECCIONES MUSEOGRÁFICAS SECCIÓN II
DERECHOS DE QUIENES INTEGREN EL REGISTRO NACIONAL DE MUSEOS Y COLECCIONES
MUSEOGRÁFICAS
Artículo 22
Podrán concederse subvenciones o ayudas cuando tengan por finalidad el
cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente ley, a los
efectos de la inscripción en el Registro Nacional.