Reglamentada por: Decreto Nº 295/014 de 14/10/2014.
TÍTULO III
CREACIÓN Y COMETIDOS DEL SISTEMA NACIONAL DE MUSEOS Y DEL COMITÉ
COORDINADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE MUSEOS CAPÍTULO IV
DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS MUSEOS INTEGRANTES DEL SISTEMA NACIONAL DE MUSEOS
Artículo 31
La permanencia de los museos en el Sistema Nacional de Museos estará
sujeta a evaluaciones periódicas, cuyas características y alcances serán
establecidos en la reglamentación de la presente ley.