CAPÍTULO V DEL PROCESO EN AUDIENCIA POR FALTAS
(Procedencia).- El proceso en audiencia se rige por las normas siguientes. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 19.679 de 26/10/2018 artículo 1. Ver en esta norma, artículo: 23.Ayuda
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.120 de 20/08/2013 artículo 18.