TÍTULO I
DE LOS FUNCIONARIOS PRESUPUESTADOS Y CONTRATADOS DEL PODER EJECUTIVO CAPÍTULO II
CONDICIONES DE TRABAJO, DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES, PROHIBICIONES E
INCOMPATIBILIDADES
Artículo 26
(Seguro de accidentes de trabajo y enfermedad profesional).- En caso de
accidentes de trabajo o enfermedad profesional los funcionarios estarán
cubiertos conforme a lo dispuesto por la normativa vigente en la materia.