TÍTULO I
DE LOS FUNCIONARIOS PRESUPUESTADOS Y CONTRATADOS DEL PODER EJECUTIVO CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 5
(Requisitos formales para el ingreso a la función pública).- Para
ingresar a la función pública se requiere:
1) Cédula de identidad.
2) Ser ciudadano natural o legal en las condiciones establecidas en la
Constitución de la República.
3) Los ciudadanos que hayan cumplido 18 años de edad antes del último
acto electoral obligatorio, deberán acreditar el voto respectivo.
4) Carné de salud vigente, básico, único y obligatorio.
5) Inexistencia de destitución previa de otro vínculo con el Estado.
6) Inexistencia de inhabilitación como consecuencia de sentencia penal
ejecutoriada.