TÍTULO II
DE LOS FUNCIONARIOS DE CARRERA CAPÍTULO VI
FUNCIONES DE ADMINISTRACIÓN SUPERIOR
Artículo 59
(Administración superior).- Se entiende por administración superior, el
conjunto de las funciones que se asignan para ejercer las actividades de
supervisión, conducción y alta conducción de las jefaturas de un
Departamento, División o Área respectivamente.
Comprende las funciones pertenecientes a la estructura organizacional
vinculadas al desarrollo y aplicación de instrumentos de gestión, a la
determinación de objetivos, a la planificación, programación,
coordinación, gestión y dirección de actividades y al control y evaluación
de resultados.
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 85/015 de 27/02/2015.
Ver en esta norma, artículo:102.