REGULACION DEL ESTATUTO DEL FUNCIONARIO PUBLICO DE LA ADMINISTRACION CENTRAL




Promulgación: 20/08/2013
Publicación: 28/08/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 473
Ver: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 227 (interpretativo).
Referencias a toda la norma

TÍTULO III
DE LOS FUNCIONARIOS CONTRATADOS

Artículo 92

 (Personal con contrato de trabajo).- Es el personal que en virtud de un
contrato de trabajo, formalizado por escrito, desempeñe tareas
transitorias, excepcionales, a término, o tareas permanentes específicas
cuyo aumento de volumen transitorio no pueda ser afrontado por los
funcionarios presupuestados, y cuya contratación se realiza con cargo a
partidas para jornales y contrataciones, por el plazo de hasta dos años y
prórrogas por idéntico plazo.

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 118/014 de 30/04/2014.
Ver en esta norma, artículo: 102.
Ver: Ley Nº 19.438 de 14/10/2016 artículo 41 (exceptúa al escalafón S 
"Penitenciario").
Referencias al artículo
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