CAPÍTULO I MINERÍA DE GRAN PORTE
(Objeto).- Sin perjuicio de que la actividad minera esté regulada por el Código de Minería, esta ley establece un régimen legal especial aplicable a los proyectos de explotación minera que sean calificados como Minería de Gran Porte.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 81.