Reglamentada por: Decreto Nº 185/014 de 01/07/2014.
La Dirección Nacional de Aduanas, previo a dar trámite a la exportación de productos con cobre, comunicará la solicitud al Ministerio de Industria, Energía y Minería.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 10 (vigencia).