(Recursos e Institucionalidad).- El Observatorio Ambiental Nacional será
implementado por la Dirección Nacional de Medio Ambiente con los recursos
humanos y presupuestales que se le asignen.
Participarán directamente en el Observatorio Ambiental Nacional la
Dirección Nacional de Medio Ambiente, la Dirección Nacional de
Ordenamiento Territorial y la Dirección Nacional de Agua del MVOTMA y
contará con la participación ampliada de organizaciones departamentales y
nacionales generadoras de información en la temática ambiental.