REGULACION DEL FORMATO PARA EL PROCESAMIENTO Y ALMACENAMIENTO DE INFORMACION DIGITAL POR PARTE DE DETERMINADOS ORGANISMOS Y EMPRESAS




Promulgación: 27/12/2013
Publicación: 08/01/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 2307
Reglamentada por: Decreto Nº 44/015 de 30/01/2015.
Referencias a toda la norma

Artículo 4

 El Poder Ejecutivo reglamentará en un plazo de ciento ochenta días las
condiciones, tiempos y formas en que se efectuará la transición de la
situación actual a una que satisfaga las condiciones de la presente ley y
orientará, en tal sentido, las licitaciones y contrataciones futuras de
programas de computación (software) realizadas a cualquier título.
Ayuda