REGULACION DE LOS PREMIOS QUE SE OTORGAN A LA LABOR LITERARIA E INTELECTUAL EN NUESTRO PAIS




Promulgación: 28/08/2014
Publicación: 09/09/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 270
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO III
DE LOS PREMIOS NACIONALES DE LITERATURA

Artículo 13

 Para participar en los Premios Nacionales de Literatura con obras éditas
se requerirá la presentación de ficha de inscripción y tres ejemplares de
la obra que postulen, los cuales deberán contar con el Registro Editorial
ISBN - Número Internacional de Estándar del Libro.
Cuando la obra no fuese presentada por el autor, quien lo hiciere deberá
acreditar haber obtenido su previo y expreso consentimiento aun en los
casos en que se tratare de coautores.
En todos los casos, sea cual fuere la forma de presentación, quien la
realizara deberá indicar de manera expresa la categoría en la que habrá de
concursar.
No podrán concursar, sin excepción alguna, obras "reeditadas", ni aun en
el caso que dichas obras hubieran sufrido modificaciones sustanciales en
la nueva edición.
Tampoco podrán participar las obras que hubieran sido premiadas en la
categoría inéditas en concursos anteriores, aun cuando hubieran sido
objeto de modificaciones sustanciales.
Tratándose de una antología, si la misma resultara ganadora en su
categoría, será su autor quien reciba el premio.
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