Reglamentada por: Decreto Nº 389/018 de 19/11/2018.
CAPÍTULO IV
CÓDIGO DE ÉTICA VETERINARIO Y TRIBUNAL DE ÉTICA Sección I
Del Código de Ética Veterinario
Artículo 17
El acto plebiscitario será controlado por la Corte Electoral y el voto
tendrá carácter de obligatorio y secreto.
El incumplimiento de lo establecido en el inciso anterior dará lugar a la
aplicación de las sanciones que determine la reglamentación de la presente
ley.