Reglamentada por: Decreto Nº 389/018 de 19/11/2018.
CAPÍTULO VI
ELECCIONES DE AUTORIDADES
Artículo 39
Los miembros del Consejo Nacional y del Tribunal de Ética, serán elegidos
por el régimen de representación proporcional entre todos los integrantes
del Colegio, aplicándose el sistema de listas y el voto secreto.