Reglamentada por: Decreto Nº 389/018 de 19/11/2018.
CAPÍTULO III
ÓRGANOS DIRECTIVOS Sección I
Del Consejo Nacional
Artículo 6
El Consejo Nacional estará integrado por cinco miembros veterinarios con
voz y voto, electos de acuerdo con lo establecido en el Capítulo VI de la
presente ley y contará con un abogado asesor designado por mayoría simple.