Los Gobiernos Departamentales, y a través de éstos los Municipios, podrán
acordar la forma de desarrollar políticas públicas en su territorio,
mediante la ejecución de planes y proyectos concretos y, en su caso, la
realización de convenios con el Poder Ejecutivo, entes autónomos,
servicios descentralizados y personas de derecho público no estatal.