a) El médico tiene derecho a prescribir el medicamento que considere
más conveniente y el procedimiento diagnóstico o terapéutico que crea
más acertado, en armonía con las prácticas reconocidas por la comunidad
médica.
b) Si el paciente exigiera del médico un procedimiento diagnóstico o
terapéutico que este, por razones científicas o éticas juzgase
inadecuado o inaceptable, el médico deberá explicar debidamente su
posición. En caso de no ser aceptada su explicación, podrá excusarse de
actuar.