CAPÍTULO VI
PROBLEMAS ÉTICOS ESPECÍFICOS SECCIÓN II
FINAL DE LA VIDA HUMANA
Artículo 48
En enfermos terminales, es obligación del médico continuar con la
asistencia del paciente con la misma responsabilidad y dedicación, siendo
el objetivo de su acción médica, aliviar el sufrimiento físico y moral del
paciente, ayudándolo a morir dignamente acorde con sus propios valores. En
etapas terminales de la enfermedad no es ético que el médico indique
procedimientos diagnósticos o terapéuticos que sean innecesarios y
eventualmente perjudiciales para su calidad de vida.