CAPÍTULO VI
PROBLEMAS ÉTICOS ESPECÍFICOS SECCIÓN V
ASISTENCIA A GRUPOS ESPECÍFICOS DE PACIENTES
Artículo 57
El médico no debe ser indiferente ante la violencia en general y la
violencia doméstica y el maltrato o abuso sexual contra cualquier persona,
especialmente con personas discapacitadas física o intelectualmente o
integrantes de otras minorías.