La Policía Nacional es un cuerpo de carácter nacional y profesional;
constituye la fuerza pública en materia de orden público y seguridad
interna que depende del Poder Ejecutivo a través del Ministerio del
Interior.
Su estructura y organización es de naturaleza jerárquica y su
funcionamiento se rige por la observancia del ordenamiento jurídico
vigente.
Entiéndese por orden público a los efectos de esta ley, el estado de
hecho en el que se realizan los valores de tranquilidad y seguridad
públicas; la normalidad de la vida corriente en los lugares públicos,
el libre ejercicio de los derechos individuales, así como las
competencias de las autoridades públicas; además, la Policía debe
protección a los individuos, otorgándoles las garantías necesarias
para el libre ejercicio de sus derechos y la defensa de sus intereses,
en la forma que sea compatible con los derechos de los demás. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 138.
Ver vigencia: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 3.
Ver en esta norma, artículo:94 (vigencia).
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 2.