CREACION DEL FONDO PARA EL DESARROLLO (FONDES)




Promulgación: 20/08/2015
Publicación: 01/10/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 159/016 de 30/05/2016.
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   A los efectos de recibir el apoyo del FONDES, en cualquiera de sus modalidades, los proyectos o emprendimientos deberán aportar toda la información necesaria a fin de verificar el cumplimiento de los siguientes requisitos:

A) Ser sostenibles económica y financieramente.

B) Ser innovadores en sus productos, mercados, proceso tecno-productivo
   y/o modelo de gestión.

C) Ser capaces de realizar un aporte a la comunidad en términos de
   creación de empleo, mejora de la calidad de vida y/o contribución al
   equilibrio territorial (descentralización).

D) Promover contextos organizativos favorables para el desarrollo
   personal y profesional de los trabajadores.

E) Ser ambientalmente sustentables.

F) Estar alineados con los objetivos y directrices estratégicas
   establecidos por el Poder Ejecutivo.
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