SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 07
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
Artículo 283
Transfiérese la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal del Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura" al Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca".
El Poder Ejecutivo determinará los créditos presupuestales, recursos materiales y financieros asignados a la mencionada Comisión, que serán transferidos al Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca".
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 311/016 de 26/09/2016.
Ver en esta norma, artículo:3 (vigencia).