APROBACION DE LA LEY ORGANICA DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION




Promulgación: 05/01/2017
Publicación: 30/01/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Ver: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
      Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13.

CAPÍTULO V - REGIMEN ESTATUTARIO

Artículo 46

   (Requisitos para las designaciones).- Sin perjuicio de las normas generales que regulan el ingreso a la función pública, se establecen como requisitos:

   Para ser Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación:

   A)   Cuarenta años cumplidos de edad.

   B)   Ciudadanía natural en ejercicio o legal con diez años de
        ejercicio y veinticinco años de residencia en el país.

   C)   Ser abogado con diez años de antigüedad o haberse desempeñado con
        esa calidad corno Fiscal o como Juez por ocho años.

   Para ser Fiscal Adjunto de Corte:

   A)   Treinta y cinco años cumplidos de edad.

   B)   Ciudadanía natural en ejercicio o legal con siete años de
        ejercicio.

   C)   Ser abogado con ocho años de antigüedad o haberse desempeñado con
        esa calidad como Fiscal o como Juez por seis años.

   Para ser Fiscal Letrado de Montevideo, Fiscal Letrado Especializado, Fiscal Letrado Inspector y Fiscal Letrado Suplente se requiere:

   A)   Ciudadanía natural en ejercicio o legal con siete años de
        ejercicio.

   B)   Ser abogado con ocho años de antigüedad o haberse desempeñado con
        esa calidad como Fiscal o como Juez por seis años.

   Para ser Fiscal Letrado Departamental:

   A)   Ciudadanía natural en ejercicio o legal con cuatro años de
        ejercicio.

   B)   Ser abogado con cuatro años de antigüedad o haberse desempeñado
        con esa calidad como Fiscal o como Juez por dos años.

   Para ser Fiscal Letrado Adjunto:

   A)   Ciudadanía natural en ejercicio o legal con tres años de
        ejercicio.

   B)   Ser abogado con dos años de antigüedad o haberse desempeñado con
        esa calidad como Fiscal o como Juez por un año.

   Para ser Fiscal Letrado Adscripto:

   A)   Ciudadanía natural en ejercicio o legal con tres años de
        ejercicio.

   B)   Ser abogado.

   En ningún caso podrán ingresar a la Fiscalía General de la Nación personas que hubieran sido condenadas por delitos dolosos perseguibles mediante acción pública.
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